Ordenanza reguladora de Mercados de Venta no Sedentaria
La Ordenanza reguladora de Mercados de Venta no Sedentaria de Barberà del Vallès fue aprobada inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de fecha 23 de julio de 2026. La ordenanza ha estado en exposición pública durante el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOPB. Una vez finalizado este plazo, y no habiéndose presentado alegaciones, el texto ha devenido definitivo.
A continuación, la ciudadanía puede acceder al texto definitivo de la Ordenanza reguladora de Mercados de Venta no Sedentaria, así como a los documentos que forman parte del procedimiento de aprobación.