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Reglament de Participació Ciutadana

La Participació Ciutadana està regulada pel Reglament de Participació Ciutadana, aprovat definitivament pel Ple Municipal el 20 de setembre de 2018. Aquest document ha estat elaborat de manera participativa amb les entitats i la ciutadania.

CAPÍTULO IV. RETORNO DE LOS INSTRUMENTOS DE PARTICIPACIÓN

Artículo 41. Retorno de los órganos decisorios municipales

  1. Los órganos decisorios municipales deben ser informados de las conclusiones de los procesos participativos y de los consejos de participación vinculados a su ámbito de actuación.

  2. Aunque el resultado de los procesos participativos y de los consejos de participación no sea vinculante, los órganos decisorios municipales deben valorar los efectos que ha tenido en la actuación municipal y sobre los compromisos derivados del proceso, e informar públicamente, como mínimo, sobre:

a) Los criterios utilizados para valorar las aportaciones y propuestas, y los motivos por los cuales han sido aceptadas o rechazadas.

b) Los compromisos asumidos como consecuencia del proceso.

Artículo 42. Retorno a la ciudadanía

  1. Una vez al año, el Ayuntamiento publicará una memoria de los procesos participativos y de los debates y trabajos realizados en el marco de los consejos de participación.

  2. El Ayuntamiento debe garantizar la difusión pública de la memoria anual y de los resultados de los procesos participativos, y debe incentivar el uso de los medios electrónicos.

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